Invitación para radicar solicitudes de contrato de acceso a recursos genéticos en el marco del artículo 6° de la Ley 1955 de 2019

Invitación para radicar solicitudes de contrato de acceso a recursos genéticos en el marco del artículo 6° de la Ley 1955 de 2019

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible haciendo uso de su competencia como Autoridad Nacional y en ejercicio de su función de monitoreo y control de los asuntos relacionados con acceso a recursos genéticos y sus productos en el país, se permite informar que, a la fecha, y hasta el día 25 de mayo del año 2021 estará vigente el artículo 6° de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, norma que permite a toda persona natural y/o jurídica amparar actividades de acceso a recursos genéticos y a sus productos derivados, cuando estas hayan sido iniciadas o realizadas con anterioridad al 25 de mayo de 2019.

Si necesita acompañamiento o tiene alguna inquietud adicional, puede expresarlo a través del correo electrónico: correspondencia@minambiente.gov.co, con copia a gruporecursosgeneticos@minambiente.gov.co, indicando en el asunto “Consulta Art. 6 – Grupo de Recursos Genéticos”

Oficio Comunicado Art 6 _General_2021

Artículo 6 PND

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